Causas
Causa 1-608/2003
Datos
- Número:
- 1-608/2003
- Carátula
- BORDABERRY AROCENA Juan María - Diez delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real a título de coautor
- Estado
- Ejecución sentencia
- Fecha de inicio
- 2003
- Juzgado
- Penal de 23º Turno - Montevideo
- Juzgado original
- Penal de 7º Turno - Montevideo
- Juez
- Dra. Beatriz LARRIEU DE LAS CARRERAS
- Fiscal
- Fiscal Letrado Nacional en lo Penal de 5to turno, Dra. Ana María Tellechea
- Abogado
- Walter De Leon y Hebe Martinez Burle
- Denunciante
- Walter De Leon y Hebe Martinez Burle
- Víctima
- VEGA José Arpino; PÉREZ SILVEIRA Eduardo; GONZALEZ GONZALEZ Luis Eduardo; BONILLA Horacio Gelos; MIRANDA PEREZ Fernando; ARÉVALO ARISPE Carlos; MONTES de OCA Otermin; CHAVEZ SOSA Ubagesner; BLEIER HOROVITZ Eduardo; BRIEBA Juan Manuel; CORREA RODRIGUEZ Julio Gerardo; SENA Olivar; MORALES Ivan; OLVEIRA Oscar Bonifacio; PASCARETTA Humberto; PERRINI Aldo; SALDAÑA Silvina; ALDABADLE Nicanor; ALTER Gerardo; ARGENTA Carlos; ARTECHE Hugo; COGHLAN Gilberto; CURUCHAGA Carlos; DE LOS SANTOS Hugo; FERNANDEZ MENDIETA Oscar; FERNÁNDEZ NIEVES Ivo; LAVAGNA Amelia; LERENA Pedro.
- Delito denunciado
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- Tipo de delito
- Secuestro, Desaparición forzada
- Fecha del delito
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- Lugares del delito
- Batallón de Infantería Blindada Nº 13 (300 Carlos o El Infierno Grande)
- Delito tipificado
- autor de 1 delito de atentado contra la Constitución en reiteración real, 9 crímenes de desaparición forzada y 2 crímenes de homicidio politico.
- Procesados
- BORDABERRY Juan María
- Condenados
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- Notas
- ESTA CAUSA no EXISTE en el informe del Ministerio Público y Fiscal Resolucion A/198/2013 DE SETIEMBRE DE 2013.(archivada) El archivo de la causa contra Bordaberry fue motivada por el fallecimiento del imputado. La causa de Carlos Arevalo Arispe ingresó en la OEA/Caso 9240 el 15/12/1975 como desaparecido en la República Oriental del Uruguay. La causa de Fernando Miranda Perez fue presentada en la OEA/Caso 2011 -3240 del 30/11/1975 como desaparecido en la República Oriental del Uruguay.
- Resumen
- Anteriormente intervinieron los jueces Dra. MOTA CUTINELLA Mariana Isabel - Dr. Pedro Hackenbruch - Dra. Fanny Cannesa. La fiscal, Ana Tellechea acusó a Bordaberry por once homicidios especialmente agravados, como lo califico posteriormente la juez Graciela gattti. En la sentencia posterior dictada por la Jueza Mariana Mota, ésta cambió la calificación por nueve delitos de desaparición forzada y dos homicidios políticos, estos últimos referidos a Ubagesner Chaves y Fernando Miranda, cuyos restos aparecieron en el transcurso del proceso. Se descarta incluir los casos de Gerardo Bleier (murió luego de la destitución de Bordaberry), y Oliver Sena (no hay elementos sustentables). Esta causa se sumo a la a la de Hugo de los Santos, y de los fusilados de Soca, constituyéndose en una mega causa. BRIEBA, comprendido en la ley 15.848 el 31/10/88 en una denuncia ante penal de 4to Turno. CORREA, fue presentada el 16/12/75 ante Penal de 4º (1º) turno. El 05/09/89 fue comprendida en la ley 15.848. CHAVEZ SOSA, Ubagesner, fue presentada el 28/05/76 ante l Juzgado Penal de 13º Turno y el 16/01/78 ante el Juzgado Penal de 8º turno. El 27/10/88 16/10/89) fue comprendida en la ley 15.848 en la Administración del Presidente Sanguinetti. Existe además una causa civil en Juzgado Letrado de Primera Instancia de lo Contencioso Administrativo (ficha 91/87) En el caso de MIRANDA, Fernando. Fue comprendido en la ley 15.848 en los años 80 una denuncia ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 9no Turno. El caso de PEREZ, Eduardo Fue comprendido en la ley 15.848 en los años 80 una denuncia ante el Juzgado Letrado de Primera Instncia en lo Penal de 10mo Turno. El caso Gelós Bonilla fue presentada el 02/01/75 ante el Juzgado Penal de 4º turno de Maldonado. El 30/12/88 fue comprendida en la ley 15.848 en la Administración del Presidente Sanguinetti.
Documentos
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Sentencia
Sentencia definitiva de 1era instancia condenando a BORDABERRY como autor de atentado contra la Constitución en reiteración real con 9 crímenes de desaparición forzada y 2 crímenes de homicidio político, a la pena de 30 años de penitenciaría y 15 de seguridad.
16082003_-_Sentencia.pdf -
Comisión Investigadora Parlamentaria Sobre Personas Desaparecidas y Hechos que lo motivaron
Testimonios de Edelmira Correa de Montes de Oca, Gerardo Montes de Oca y Graciela Montes de Oca
1ECdeMdeO75.pdf -
Comisión Investigadora Parlamentaria Sobre Personas Desaparecidas y Hechos que lo motivaron
Testimonio de Miriam Piuma
1MP75.pdf -
Comisión Investigadora Parlamentaria Sobre Personas Desaparecidas y Hechos que lo motivaron
Testimonios de Marta Alvarez Comelli, Luis Fernando Miranda y Javier Miranda
1MAC75.pdf -
Comisión Investigadora Parlamentaria Sobre Personas Desaparecidas y Hechos que lo motivaron
Testimonio de Nery Mutti
1NM75.pdf
Ficha de trámite
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00/03/2013 Presentación de denuncia ante la SCJ.
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Suprema Corte de Justicia consideró que no le competía juzgar al enjuiciado sino que debía ser remitida a juzgado competente por razón de turno.
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La resolución fue impugnada por Bordaberry.
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La SCJ desestimó los recursos y mantuvo la resolución.
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00/09/2003 Denuncia inicialmente presentada se derivó, en razón de turno, al Juzgado Letrado en lo Penal de 7mo. turno.
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La Fiscalía planteó excepción de incompetencia considerando que era la S.C.J competente para entender en la denuncia.
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La SCJ reiteró su primaria resolución.
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La defensa de. Bordaberry, abogó por la clausura de las actuaciones.
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Juez Dr. Pedro Hackenbruch solicitó se le amparara en el derecho de abstención.
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00/05/2004 El Tribunal de Apelaciones concedió el derecho de abstención remitiéndose las actuaciones al similar de 6to. turno.
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La sentencia interlocutoria fue recurrida.
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La sede mantuvo la providencia recurrida declarando que operó la prescripción sostenida por la defensa.
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El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er. turno, revocó la decisión de la Sede disponiendo la instrucción de la denuncia.
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Vuelve la causa a la Sede penal de 7mo. turno, habiendo cesado la causal que motivara la actuación de sede subrogante.
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Por auto Nº 2146 (Dra Graciela Gatti) se resolvió el enjuiciamiento con prisión de Bordaberry por reiterados delitos de homicidio muy especialmente agravados en calidad de coautor.
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El auto de procesamiento fue apelado tanto por la defensa como por la Fiscalía.
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El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3er turno confirmó el auto de procesamiento.
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Se confirió traslado al Ministerio Público a los efectos que dedujera demanda acusatoria o presentara el sobreseimiento.
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Folio: 2517/2601
La Fiscalía formulo acusación y reclama la condena por el delito de atentado contra la Constitución en calidad de autor en reiteración real con nueve delitos de desaparición forzada (HORACIO GELOS BONILLA; OTERMIN MONTES DE OCA; JULIO GERARDO CORREA; CARLOS PABLO AREVALO; JUAN MANUEL BRIEBA; EDUARDO BELIER; LUIS EDUARDO GONZALEZ; EDUARDO PEREZ y JOSE ARPINO VEGA) y dos delitos de homicidio muy especialmente agravados en calidad de coautor () UBAGESNER CHAVEZ SOSA y FERNANDO MIRANDA).
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Sentencia definitiva de 1era instancia condenando a BORDABERRY como autor de atentado contra la Constitución en reiteración real con 9 crímenes de desaparición forzada y 2 crímenes de homicidio político, a la pena de 30 años de penitenciaría y 15 de seguridad.